Las leyes, incluso las educativas –que cambian con cada nuevo Gobierno– están para cumplirse, nos gusten o no. Es decir, que hay que asumir los nuevos decretos que van desarrollando la LOMLOE. Pero hay una parcela en la que el Estado no puede –o no debe– intervenir: la de la competencia profesional de un profesor o maestro para lograr que sus alumnos –a los que él realmente conoce– reciban la mejor educación posible y se formen con el rigor académico exigible para apoyarles en conseguir un futuro profesional satisfactorio y responsable. Se trata de un área de desarrollo profesional protegido por el principio constitucional de libertad de cátedra.
Viene esto a cuento ante la alarma justificada que ha provocado la aprobación del Gobierno, el martes 16 de noviembre, y a propuesta del Ministerio de educación y FP, de los nuevos criterios de evaluación, promoción y titulación para la Educación Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional; cambios educativos que van a entrar en vigor este mismo curso 2021-2022.